Mediante el presente dispositivo se regulan las provisiones por créditos reprogramados COVID-19 donde referida a la Octava Disposición Final y Transitoria del Reglamento para la evaluación y clasificación del deudor y la exigencia de provisiones estipulada en la Resolución SBS Nº3155-2020, que cumplen los requisitos señalados por el inciso h) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta y el inciso e) del artículo 21 del Reglamento.
Vigencia: 31/12/2020
Resoluci¢n Ministerial 387-2020-EF/15
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